LIBERTAD DE PENSAMIENTO
(La libertad de pensamiento es la Guía fundamental de la Sociedad Teosófica , y el 23 de diciembre de 1924 , se formalizó por medio de una Resolución aprobada por el Consejo General de la Sociedad Teosófica)
La Sociedad Teosófica se ha esparcido por todo el mundo y miembros de todas las religiones o de ninguna, se han afiliado a ella, sin renunciar a sus dogmas particulares, a las enseñanzas y creencias de sus respectivos credos. Por lo tanto, se cree necesario, insistir sobre el hecho de que no hay ninguna doctrina u opinión, enseñada o sostenida por quienquiera, que de ningún modo liga al miembro de la Sociedad, pues todos son libres de aceptarlas o rechazarlas. La aceptación de sus tres objetivos es la única condición para afiliarse. Ningún instructor o escritor, incluida H. P. Blavatsky, tiene autoridad para imponer sus enseñanzas u opiniones a los miembros. Todos los miembros tienen igual derecho a adherirse al instructor o escuela de pensamiento que prefieran, pero no tienen ningún derecho a presionar a otros hacia su elección. A ningún miembro se le puede negar el derecho a votar y el de ser candidato de los cargos oficiales, a causa de las opiniones que mantenga, o de la escuela de pensamiento a la que pueda pertenecer, pues las opiniones o creencias no confieren privilegios ni afectan sus derechos.
Los miembros del Consejo General ruegan encarecidamente a cada miembro de la Sociedad Teosófica que sustente, defienda y actúe de acuerdo a estos principios fundamentales de la Sociedad y por consiguiente, que ejerza con valentía su propio derecho a la libertad de pensamiento y expresión, dentro de los límites de la cortesía y consideración hacia los demás.




